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PYMES, con forma societaria, de cualquier sector de actividad, salvo las
dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Quedan excluidos la compra de: Terrenos, edificaciones, obra civil (excepto la estrictamente necesaria para la puesta en funcionamiento del nuevo equipo), gastos de formación, gastos de dietas y desplazamiento para la puesta en marcha de los nuevos equipos
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LÍNEA CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL 2024

Las pymes que participen en esta línea recibirán una ayuda de hasta 20.000 euros, sobre un presupuesto máximo elegible de 25.000 euros, que serán aportados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), para cofinanciar los gastos de certificación de productos, servicios y/o gestión que se dirijan a mejorar su competitividad internacional fuera de la UE.

Se incluyen en esta línea tanto las certificaciones obligatorias, como las voluntarias, siempre que estas se dirijan a la actividad exportadora de la empresa (en el caso de las certificaciones voluntarias, la empresa deberá acreditar su condición de empresa exportadora).

¿Quiénes pueden participar?

En el caso de que solicites la ayuda para una certificación voluntaria, deberás acreditar también la condición de empresa exportadora.

  • Tienes una facturación superior a 1 millón de euros
  • Eres una PYME.
  • Dispones de producto, servicio o marca propia.
¿Qué gastos se financian?

En esta línea de ayuda se incluye todos los gastos asociados al proceso de certificación, como, por ejemplo:

  • Consultoría asociada a la certificación.
  • Costes de envío, devolución  y/o destrucción de muestras.
  • Coste de los ensayos.
  • Emisión de la certificación

En todos los casos, las certificaciones se deben dirigir a mejorar la competitividad internacional de la pyme fuera de la UE.

No serán subvencionables las certificaciones exigidas por la normativa española y/o comunitaria, ni aquellas vinculadas a trámites tributarios y/o aduaneros.

A partir del 25 de enero hasta el 30 de marzo del 2024.